TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIP. MARCO ANTONIO ALMENDARIZ PUPPO, PARA PRESENTAR RESERVAS A LOS ARTÍCULOS 74 Y 113-E DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL DICTAMEN RESPECTO A LA MISCELÁNEA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2022.

19 de Octubre de 2021

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Ciudad de México, 19 de octubre de 2021

 

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIP. MARCO ANTONIO ALMENDARIZ PUPPO, PARA PRESENTAR RESERVAS A LOS ARTÍCULOS 74 Y 113-E DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL DICTAMEN RESPECTO A LA MISCELÁNEA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2022.

 

DIPUTADO MARCO ANTONIO ALMENDARIZ PUPPO: Con su permiso, presidenta.

 

Voy a hablar, efectivamente, de la reserva al artículo 74 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que tiene una afectación principalmente a las sociedades cooperativas de producción pesquera, que son arte primordial y medular del sector primario en nuestro país, por lo que la propuesta a la reforma contenida en el artículo 74 de la Ley del Impuesto sobre la Renta consiste en eliminar a las personas físicas del tratamiento fiscal, que contenido con el régimen aplicable actualmente las personas físicas y morales dedicadas a la pesca, y no a la inclusión en el nuevo régimen simplificado de confianza, el excluir del mismo a las personas físicas, que sean socios, asociados de las cooperativas, ya que se trata de personas morales, debilitan sus atribuciones y su desarrollo.

 

Les pongo un ejemplo, compañeras y compañeros, en Baja California Sur, de donde pertenezco y soy orgulloso de ser surcaliforniano, en la zona norte del estado, de la capital a la Pacífico Norte, que son cooperativas que son verdaderamente responsables, pero que tienen un amor a su tierra. Ellos iniciaron aproximadamente en 1938, unas familias que llegaron a esas comunidades tan apartadas de Baja California Sur, a buscar mejores oportunidades de vida.

 

Hoy en día, en 1940, que se constituyeron ellos, que empezaron a trabajar, donde el día de hoy son cuatro generaciones las que habitan desde el Pacífico Norte, en las comunidades de Isla Natividad, Bahía Tortugas, Bahía Asunción, la Bocana, Punta Prieta, la Laguna de San Ignacio. De igual manera, los cooperativistas de la zona de Los Cabos, la Ribera, del municipio de Loreto, Agua Verde, si hablamos de Comondú, estamos hablando de las sociedades cooperativas de López Mateos, San Carlos, El Chicharrón.

 

Ahora sí que les pido de favor, que podamos retomar este asunto tan importante, con el proyecto de la reforma que se está proponiendo, donde se conserva el tratamiento fiscal que hasta la fecha se aplica para las personas morales dedicadas a las actividades primarias, que se elimina este a las personas físicas que se dedican a las mismas actividades en razón de que se pretende que las personas físicas que conforman parte del sector primario emigren al nuevo régimen simplificado de confianza, para ofrecer mejores expectativas que el actual.

 

Aquí compañeras y compañeros diputados, decirles que por ello el contenido de los criterios de la política económica y la exposición de motivos, la justificación para eliminar a las personas físicas del régimen de contribución actual, es el supuesto de un nuevo régimen que ampara a las personas físicas que se dedican al sector primario.

 

Sin embargo, ojo, y lo digo con mucho respeto, por error u omisión en la redacción de la ley, vuelvo a repetir, por error u omisión en la redacción de la ley se deja fuera completamente de dicho régimen a los integrantes de cualquier persona moral, entre ellas las sociedades cooperativas.

 

Estas sociedades cooperativas, 14 sociedades cooperativas de esa región aportan tan solo al Seguro Social 120 millones de pesos. Son sociedades cooperativas organizadas, que el día de hoy, en Shanghái, es la única cooperativa en México que tiene oficinas centrales en Shanghái para todo lo que se produce en nuestras costas, como el abulón, como la langosta. Tenemos un campo de oportunidad muy enorme.

 

Por eso, además del artículo 113-E de la propuesta de reformas que hace la Ley de Impuesto sobre la Renta, específicamente en el octavo párrafo indica: No podrán aplicar lo provisto en esta sección las personas físicas a que se refiere el primer párrafo en los casos siguientes, sean socios, accionistas o integrantes de personas morales.

 

Esto propone también la eliminación de las personas físicas del régimen de actividades agrícolas. Yo estoy seguro que cada uno de ustedes debe de tener en sus distritos un sector, un sector ganadero, un sector pesquero.

 

Quienes vivimos en los 11 kilómetros de litorales de México, en mi caso, son 2 mil 200 kilómetros de litorales lo que tiene Baja California Sur, que el día de mañana vamos a regresar a los distritos, primeramente Dios, si así nos da licencia.

 

Y que se ha señalado el nuevo régimen simplificado de confianza, no aplica para las personas físicas, socios, accionistas o integrantes de persona moral. Por lo tanto, los socios o integrantes que queden totalmente a la deriva, es decir que queden huérfanos prácticamente, pierdan todos los derechos de beneficios que tradicionalmente se han dado al sector primario, tan solo en los programas de concurrencia, anteriormente los cooperativistas y los pescadores de la región recibían aproximadamente 20 millones de pesos.

 

En el Programa Soporte, tan solo en esa zona, se recibían 7 millones de pesos para la inspección y vigilancia, que yo creo que muchos de ustedes, quienes viven en las costas de México, saben lo que significa ahorita la depredación, sobre todo de la gente que abusa, de la gente que está organizada.

 

Por eso, vengo a presentar esta intervención y, sobre todo, pidiendo que todos los beneficios que tradicionalmente se han dado al sector primario, quedarían sujetos al régimen general aplicable a cualquier otra persona física, lo cual, obviamente, causa graves perjuicios a nuestros representados y pone en grave riesgo la subsistencia del sector social pesquero organizado.

 

Es cuanto, señores diputados.

 

Muchas gracias.

 

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YMJ 

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