TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO MARCO AGUILAR CORONADO, PARA FIJAR EL POSICIONAMIENTO DE SU GRUPO PARLAMENTARIO EN EL DICTAMEN QUE REFORMA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL -DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE GUARDIA NACIONAL-, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 26 DE MARZO DE 2019.

12 de Octubre de 2022

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Ciudad de México, 12 de octubre de 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO MARCO AGUILAR CORONADO, PARA FIJAR EL POSICIONAMIENTO DE SU GRUPO PARLAMENTARIO EN EL DICTAMEN QUE REFORMA EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL -DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE GUARDIA NACIONAL-, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 26 DE MARZO DE 2019.

 

DIPUTADO MARCO AGUILAR CORONADO (MAC): Con su permiso, señor Presidente.

 

Señoras y señores legisladores.

 

El proceso legislativo en el que estamos inmersos, significa de forma irreversible, la derrota del poder civil frente al poder militar.

 

En México, la lucha por encontrar los mecanismos que permitieran que los militares dejaran de ser el centro de las decisiones políticas y accedieran a trasladar el poder al mundo civil, significó una de las luchas más cruentas y violentas de nuestra historia.

 

Después de la Revolución Mexicana, el proceso de civilización del poder público y el control político civil sobre las fuerzas armadas, que ya era parte del diseño constitucional, no se logró sino hasta mediados del siglo XX.

 

Durante esos años y hasta finales de siglo, las Fuerzas Armadas construyeron un modelo de institución al servicio de los intereses de la Patria, que además, gracias a su disciplina y, sobre todo, a su lealtad, fueron pieza fundamental de la estabilidad política de que gozamos los mexicanos, incluso en momentos tan delicados como los postelectorales de alto conflicto que vivimos en el siglo pasado.

 

Acción Nacional reitera que las Fuerzas Armadas deben desplegar sus tareas de manera permanente en todo el territorio nacional, para poder cumplir con las funciones que tienen a su cargo; la de seguridad nacional, la de seguridad interior y de manera temporal y condicionada, las de apoyo a la Guardia Nacional en las tareas de seguridad pública y, finalmente, las de protección civil, cuando la población y las autoridades así lo requieran.

 

El PAN sostiene, eso sí, que ese despliegue que llevan a cabo las Fuerzas Armadas se haga con estricto apego a la Constitución y a los tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos por nuestro país, tal y como ambos órdenes normativos han sido interpretados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

Entre 1994 y 1996, vivimos en México acontecimientos políticos que afectaron sustancialmente el rol de las Fuerzas Armadas.

 

La entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica, que alineó intereses de seguridad entre México y Estados Unidos, el movimiento armado zapatista en Chiapas, que exigió la intervención del Ejército frente a un movimiento armado y los asesinatos políticos de esos años, que obligaron a impulsar importantes reformas constitucionales y a las leyes secundarias.

 

Entre ellas, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que dio origen a la acción de inconstitucionalidad 196, que resolvió que las Fuerzas Armadas pueden intervenir en tareas de seguridad pública, pero siempre con el carácter de auxiliar de las autoridades civiles y bajo un mando civil.

 

Por cierto, uno de los que firmó esa acción de inconstitucionalidad hoy forma parte de la mayoría indolente, como el segundo de abordo de ustedes, de ustedes y de muchos de ustedes ahora.

 

Los gobiernos anteriores no estuvieron sujetos al marco jurídico de un artículo transitorio constitucional para fundar la actuación de las Fuerzas Armadas, contaron con las facultades constitucionales propias de la seguridad nacional y de la seguridad interior.

 

Y aunque las facultades de los presidentes anteriores eran más amplias, nunca plantearon que los efectivos de las Fuerzas Armadas fueran los primeros respondientes ante la ciudadanía, como tampoco los obligaron a cumplir de manera permanente funciones de seguridad pública.

 

La resolución de la acción de inconstitucionalidad comentada, abrió la puerta a la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas ordinarias de seguridad pública desde 1996.

 

En congruencia con esa resolución, la Corte ha declarado la inconstitucional de la ley que regula el uso de la fuerza pública en el Estado de México y la muy controversial Ley de Seguridad Interior, por considerar que ampliaban injustificadamente el rol del Ejército en tareas de seguridad pública.

 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos a resolver un doloroso caso en contra de México, enfatizó la excepcionalidad de la participación del Ejército en tareas de seguridad y delimitó las características de esa intervención, exigiendo que fuese extraordinaria, subordinada, complementaria, regulada y fiscalizada.

 

Esas características fueron incluidas en la minuta que el Senado devolvió con modificaciones en el 2018.

 

Queda claro que lo que nos envían hoy, es una enorme tomadura de pelo, desde la reforma constitucional del 18, quedaron establecidas todas las condiciones, delimitación y vigilancia, que tendría la intervención del Ejército en tareas de seguridad pública.

 

Por ello, se incluyeron en el transitorio los criterios de la Corte y de la Corte Interamericana, al enfatizar la excepcionalidad de la participación del Ejército en tareas de seguridad pública.

 

Están manipulando, engañando y siendo omisos en las definiciones de los criterios de la Corte, que están en el transitorio, no eran necesarias esas modificaciones que sólo sirven para justificar el cambio de opinión de distintos actores políticos y quizá les sirvan más para garantizar la impunidad.

 

Este poder no ha sido capaz de supervisar y vigilar el uso que el Presidente hace de la Fuerza Armada por la indolencia de la bancada mayoritaria.

 

La nueva propuesta de la Comisión bicameral, nos da la razón, en 3 años no han podido consolidar y fortalecer la Guardia Nacional.

 

No engañen a los mexicanos, el Congreso puede citar a comparecer a los funcionarios cuantas veces quiera, es evidente que el séptimo transitorio vigente, obliga a dotar a los municipios de recursos y ustedes se los han negado en los presupuestos de egresos.

 

Han renunciado al principio básico del mando civil, ordenado por el XXI constitucional, como en los siglos XIX y XX, los mexicanos del XXI tendremos que desahogar largas luchas para que el poder militar vuelve a estar supeditado al poder civil, la mentira y la traición, se pagan caro en la historia nacional.

 

Termino con una frase que no es mía, pero que la hago mía y la deberían hacer suya.

 

Carlos Bravo dijo: “No tengo memoria de una victoria parlamentaria de semejante trascendencia, tan carente de argumento, tan desprovista de evidencia, tan ajenas al despropósito de hacerse cargo del que desde hace tiempo, es el principal problema que enfrenta México, la violencia”.

 

Gracias, Presidente.

 

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