TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA PAULINA RUBIO FERNÁNDEZ, PARA FUNDAMENTAR EL DICTAMEN QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL Y DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE SANCIÓN DEL FEMINICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA.

26 de Abril de 2022

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Ciudad de México, a 26 de abril de 2022

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA PAULINA RUBIO FERNÁNDEZ, PARA FUNDAMENTAR EL DICTAMEN QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL Y DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE SANCIÓN DEL FEMINICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA.

 

DIPUTADA PAULINA RUBIO FERNÁNDEZ (PRF): Gracias, presidenta.

 

Compañeras y compañeros legisladores, el día de hoy daremos un paso decisivo para proteger los derechos y la integridad de las mujeres, tenemos muy claro que hay una crisis y muy grave en nuestro país, la violencia contra las mujeres y su representación más extrema, el feminicidio.

 

Llevamos muchos años en todos los ámbitos de gobierno hablando de este fenómeno criminal, que cobra la vida de al menos 10 mujeres cada día. Poco hemos podido lograr para reducir la incidencia de este delito, que cada año se incrementa más.

 

Por ello, en la Comisión de Justicia planteamos una nueva alternativa para abordar el problema que se enfoca, no solo cuando esto ocurre y cuando desafortunadamente ya se ha perdido la vida, sino se enfoca en atender las primeras señales del problema.

 

En la gran mayoría de los casos de feminicidio existen datos que evidencian antecedentes de violencia extrema que pudieron haber terminado con la vida de una mujer, sin que el delito llegara a consumarse.

 

En la teoría general del delito esta circunstancia es conocida como tentativa y el Código Penal Federal establece que existe tentativa punible cuando se ha verificado que todos los actos ejecutivos que pudieron conducir al resultado material, en este caso la privación de la vida de la mujer, sin que se logre por circunstancias ajenas a quien lo ejecuta.

 

Dicho de otra forma, esta reforma se refiere a los casos en los cuales se ha verificado la intencionalidad de privar de la vida a una mujer. Pero, esto no ha ocurrido por hechos como la intervención oportuna de los vecinos, como la intervención de la policía, o por alguna otra circunstancia.

 

Existe además una razón jurídica de peso para que se establezca explícitamente que nos referimos al delito de feminicidio consumado o en grado de tentativa. Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una jurisprudencia, un nuevo criterio, con el cual no se puede decretar prisión preventiva oficiosa para el delito de violación en grado de tentativa.

 

El argumento de la Suprema Corte consiste en decir que la prisión preventiva oficiosa no es aplicable al delito cometido en grado de tentativa, porque no se señala explícitamente en la Constitución o en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Este criterio seguramente será aplicado pronto al feminicidio y a todas las demás hipótesis delictivas que ameritan prisión preventiva oficiosa.

 

Por eso, esta vez queremos ir un paso adelante y blindar esta medida cautelar para el caso del feminicidio. Esta Cámara debe de tener el compromiso y la responsabilidad de que ningún agresor camine con impunidad, esperando una nueva oportunidad para consumar la muerte de la mujer que ya agredió.

 

Este dictamen también propone cancelar todos los beneficios de preliberaciones, para todos aquellos sentenciados por el delito de feminicidio, incluyendo quienes lo comentan en grado de tentativa.

 

Dada la crisis de seguridad y violencia que vive nuestro país, hoy por hoy no hay medida cautelar que garantice el 100 por ciento de la integridad de las mujeres que fueron agredidas, además de su tranquilidad.

 

Que no sea, en este caso, la prisión preventiva oficiosa. No podemos tolerar que haya un solo encabezado más de una mujer asesinada que haya pedido medidas de protección y que estas hayan fallado para terminar con el amargo desenlace que ya conocemos.

 

Con este conjunto de medidas fortalecemos el marco protector de las mujeres en el momento más oportuno y además más necesario, cuando aún están con vida. México está viviendo una tragedia.

 

Señoras y señores, nos están matando, y la impunidad oculta a los culpables. Por ello, desde la Comisión de Justicia valoramos e impulsamos este esfuerzo por combatir y hacer justicia que salvaguarde la vida de las mujeres.

 

Felicito, de verdad, a las ocho diputadas promoventes de las iniciativas que agrupa este dictamen. Y, desde aquí, reconocemos el acierto con el que impulsaron este tema, en este momento tan crucial para nuestro país.

 

Las mujeres de México no podemos ni debemos esperar más. Todos los esfuerzos dirigidos a garantizar su vida e integridad exigen de nosotros la mayor altura de miras para alcanzar consensos y actuar con rapidez.

 

Por ello, diputadas y diputados, los invitamos a votar a favor de este dictamen, por una sola razón, porque nos queremos vivas.

 

Es cuanto, presidenta.

 

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